CFDI Nueva versión 4.0

Buenas tardes lectores de Iconociendo este día te traemos información referente a los cambios para la validación del CFDI 3.3 a la versión 4.0

Para el 2022 llegaran varios cambios fiscales entre los cuales están los cambios al CDFI 3.3 a la versión 4.0, por lo que se especula que el anexo 20 de la RMISC tendrá algunas modificaciones, También se prevén algunos ajustes como son:

  1. Implementación de la versión 2.0 del complemento de pagos, en donde se incluyen y eliminan algunos atributos
  2. Modificación del servicio de cancelación del CFDI
  3. Precisión de descripciones de nodos a atributos
  4. Cambio de la secuencia de CFDI relacionados e inclusión de nuevos catálogos.
  5. Delimitación en la emisión del CFDI de egresos (notas de crédito).
  6. Cancelación de CFDI o facturas de ingresos.
  7. Requisitos adicionales que debe contener.
  8. Fecha límite de cancelación.

Fundamentación de la reforma.

Cuando los contribuyentes emiten notas de crédito, para contrarrestar el efecto fiscal de un CFDI de ingreso que fue emitido previamente y que contiene errores o porque el cliente simplemente requiere de un cambio en el documento.

Lo que sucede es que muchos contribuyentes en lugar de proceder a cancelar el CFDI como lo establecen las autoridades fiscales, emiten la nota de crédito para matar el ingreso y sin cancelar la factura.

Ante esta práctica el SAT se ha pronunciado y ha indicado que esta práctica antes citada no tiene justificación pues solo lo hacen para disminuir el pago de impuestos.

Por esto el SAT mandó la propuesta de reforma en la cual indica que para la emisión de un CFDI de egresos o la cancelación de una factura, será necesario que el contribuyente obtenga evidencia y soporte de la operación conocido como “materialidad”.

Modificaciones 2022

Si usted como contribuyente cancela una factura o emite notas de crédito, a partir del 2022 tendrá que justificarlo y soportarlo. Esto a la larga puede significar un importante esfuerzo para los involucrados ya que el SAT le da mucho peso a la materialidad.

Para el 2022 todos los contribuyentes que deseen deducir gastos, el SAT le solicitara que el CFDI contenga adicionalmente.

  • El nombre o razón social de su proveedor.
  • El nombre o razón social de usted como contribuyente.
  • Código postal.

El SAT también lanzo una propuesta para la cancelación de CFDI.

La propuesta consiste en que dichos CFDI solo se podrán cancelar en el ejercicio en el que se expidan, se deberá tener mucho cuidado a la hora de expedir los CFDI ya que si tiene algún error esta no podrá ser cancelada en el ejercicio siguiente, por lo tanto, el gasto no será deducible.

Es importante señalar que el CFDI de retenciones e información de Pagos tendrán las siguientes modificaciones.

  • Se precisan las descripciones de nodos y atributos
  • Se incluyen nuevos atributos
  • Se incluyen nuevos atributos (DomicilioFiscalReceptor)
  • Nuevo nodo de (CFDIRelacionados)
  • Inclusión de reglas de validación, y nuevos catálogos.

Lectores de Iconteam esperamos que esta información te sea de ayuda si requieres más información al respecto consulta el portal del SAT.

Claudia Ancheyta Jiménez

Carta de porte versión 2.0

Buenas tardes Lectores de Iconociendo hoy te vamos a informar sobre la modificación al estándar del comprobante Carta Porte que el Sistema de Administración Tributaria anuncio en días pasados.

El 18 de noviembre el Sistema de Administración Tributaria emitió el estándar del complemento Carta Porte versión 2.0, se trata de una modificación a la estructura del complemento en comento.

La nueva documentación de la versión 2.0, incluye lo siguiente:

  • Estándar de Carta Porte (pdf)
  • Esquema de Carta Porte (xsd)
  • Secuencia de cadena original Carta Porte (xslt)
  • Matriz de errores (xls)
  • Esquema de catálogos (xsd)

Los cambios de la nueva versión 2.0 consisten en lo siguiente:

  • Desaparecen los nodos de orígenes y destinos del nodo Ubicación.
  • En el nodo de Ubicación se agrega el atributo TipoUbicacion.
  • Los campos de RFCRemitente y NombreRemitente, se les agrega la terminación Destinatario.
  • En el nodo de Mercancia se agregaron los dos nodos siguientes:
    • Pedimentos
    • Guías identificación
  • En el nodo DetalleMercancia, cambiaron el nombre a la UnidadPeso por UnidadPesoMerc.
  • En el nodo AutotransporteFederal  cambiaron los nodos de seguro y se integraron en el sub nodo de Seguros.
  • En el nodo FiguraTransporte cambia toda la estructura y se agrega un sub nodo, ahora tiene un nodo que se llama TiposFigura.
  • TiposFigura contiene únicamente dos sub nodos PartesTransporte y Domicilio.

Recuerden que a partir del 1 de enero de 2022, cuando traslades mercancías debes generar previamente un CFDI con el complemento Carta Porte así puedes acreditar su legal estancia o tenencia de las mismas durante su traslado. Los principales medios de transporte que lo deben emitir son:

  1. Autotransporte
  2. Transporte Marítimo
  3. Transporte Aéreo
  4. Transporte ferroviario.

Lectores de Iconociendo esperamos que esta información te sea de ayuda y recuerda que en Iconteam estamos para ayudarte, si tienes alguna duda recuerda consultar la página del SAT.

Claudia Ancheyta Jiménez

Prorroga Carta Porte

Buenas tardes lectores de Iconociendo, hoy queremos informarte sobre la prórroga que el Sistema de Administración Tributaria emitió para el uso del complemento Carta Porte.

El pasado tres de septiembre el SAT se reunió con los representantes de la industria de la transportación y llegaron a un acuerdo.

Las organizaciones informaron que se logró prorrogar la obligatoriedad del uso del complemento Carta Porte, para el primero de enero de 2022, teniendo un periodo de prueba del 1 al 31 de diciembre de 2021.

La obligatoriedad del uso del complemento Carta Porte previsto para el 30 de septiembre al 1 de enero de 2022, se espera que se cumpla antes de esta fecha límite aun cuando no se cumpla con los requisitos del estándar y el instructivo del llenado del CFDI.

El 21 de septiembre, el SAT oficializó la prórroga con la publicación de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, primera versión anticipada.

Lectores de Iconociendo en Iconteam esperamos que esta información te ayude y si tienes alguna duda o necesitas algún otro servicio relacionado con la Carta Porte comunícate con nosotros, estamos para ayudarte.

Claudia Ancheyta J.

Página web

Una página web, página electrónica, página digital o cyber página, ​​ es un documento o información electrónica capaz de contener texto, sonido, vídeo, programas, enlaces, imágenes, hipervínculos y muchas otras cosas, adaptada para la llamada World Wide Web, y que puede ser accedida mediante un navegador web.

Hoy en día es muy fácil crear una página a la medida de tus necesidades, una página de visualización donde puedas mostrar información específica, a través de texto, videos, etc. Hasta páginas con venta y envío por internet.

Una página básica, se puede ir modificando sin la necesidad de crear otra, agregando accesos directos a tus redes sociales, una zona de contacto o si es necesario se puede agregar la funcionalidad de venta en línea con varios métodos de pago, así como la forma de envió que se ajuste a tus necesidades.

¿Has escuchado del posicionamiento en internet? Esta es una forma en la cual, mediante una inversión (tú decides el monto), puedes colocar tu página en las primeras posiciones cuando un usuario realiza una búsqueda relacionada a tu producto. Esto es muy útil para tener más oportunidades de venta. 

En IconTeam puedes cotizar la construcción de tu página con las características que más se acomoden a tus necesidades y solicitar modificaciones para que estés al día fácilmente. Ponte en contacto con nuestro equipo.

Carlos Alberto Manjarrez

Nos estamos renovando

Buenas tardes Lectores de Iconociendo hoy queremos darte las gracias por seguirnos y te queremos compartir que estamos renovando nuestra página para bridarte un mejor servicio.

Te invitamos a que entres a nuestro sitio web y te des la oportunidad de observar las mejoras que realizamos, nuestro sitio web está totalmente renovado, en el encontraras los servicios que ya conoces y los nuevos que hemos incluido como  son: Páginas web y tiendas virtuales.

Y para tu comodidad contamos con todas las redes sociales para que te comuniques con nosotros de una manera más fácil y rápida.

Recuerda que en Iconteam nos estamos renovando para brindarte un mejor servicio, te esperamos

Claudia Ancheyta Jiménez

Carta Porte

Buenas tardes Lectores de IcoNociendo en la nota de esta semana te queremos informar sobre el nuevo complemento que anunció el SAT.

El Sistema de Administración Tributaria dio a conocer la incorporación de la Carta Porte. Este documento se generará para justificar el transporte de bienes o mercancías, informando ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos; así como lo referente al medio a través del cual se transportan, ya sea por vía terrestre en carretera federal o línea férrea, aérea o marítima. Además, en su caso, deberá incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

  • La Carta Porte es un complemento obligatorio para todos los contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional.
  • Este complemento deberá ir anexado al comprobante CFDI de tipo Ingreso o Traslado.

El registro de los datos es variante dependiendo de las características de la operación (Ingreso o Traslado).

Lo dispuesto anteriormente no releva al transportista de la obligación de acompañar las mercancías que transporta con la documentación que acredite su legal tenencia. Ya sea mercancía de precedencia nacional o extranjera.

Para los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos, podrán acreditar el transporte de dichas mercancías únicamente con un CFDI de tipo traslado expedidos por ellos mismos o su representación impresa al que deberán incorporar el complemento Carta Porte. Aun cuando sus mercancías circulen por carreteras federales o por vía férrea, marítima, aérea o fluvial.

La información que deberá llevar el complemento Carta Porte depende de los sujetos que intervengan en la operación el tipo de CFDI ingreso o traslado y el medio de transporte pueden ser:

  1. Autotransporte Federal
  2. Transporte Marítimo
  3. Transporte Aéreo
  4. Transporte Ferroviario

Te compartimos alguna de la documentación técnica que proporciona el SAT

  • Esquema de Carta Porte (xsd) estructura
  • Estándar de Carta Porte (pdf) Estándar
  • Secuencia de cadena original Carta Porte (xslt) cadena original
  • Esquema de catálogos (xsd) Catalogo de claves
  • Matriz errores Carta Porte (xls) Matriz errores

Esta nueva obligación entró en vigencia el día 1 de junio de 2021 y se volverá obligatoria transcurridos los 120 días naturales posteriores al día siguiente de su entrada en vigor.

Lectores de Iconociendo esperamos que la información que te proporcionamos te sea de ayuda, recuerda que si necesitas asesoría o un servicio relacionado al tema que aquí tratamos, no dudes en contactarnos.